- La AEPD realiza una advertencia a una empresa que evalúa implantar un sistema para analizar currículums y asignar puntuaciones
- La IA puede mejorar la eficiencia en los procesos de selección y su utilización debe incorporar las garantías de protección de datos desde el inicio
- Contenido completo de la advertencia
(23 de septiembre de 2026). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha remitido una advertencia1 a una empresa en relación con la posible implantación de una herramienta de inteligencia artificial destinada al cribado y evaluación de candidaturas en procesos de selección de personal y movilidad interna.
El sistema se utilizaría para analizar currículums, asignar puntuaciones y, en su caso, priorizar candidaturas y podría influir de forma directa en decisiones relativas al acceso al empleo y a la promoción profesional. Esta herramienta no se habría puesto todavía en funcionamiento, aunque la empresa había informado a su personal sobre su próxima implementación.
La Agencia señala que la incorporación de herramientas de IA a los procesos de selección y gestión de personas puede contribuir a mejorar su eficiencia y calidad. Para aprovecharlas con garantías, la protección de datos debe integrarse desde la configuración inicial del proyecto, compatibilizando la innovación con la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas.
Este enfoque se concreta, entre otros aspectos, en la protección de datos desde el diseño y por defecto. Integrar los principios y garantías de protección de datos desde las fases iniciales de la concepción de un proyecto tecnológico permite identificar y adoptar las medidas adecuadas a sus características y riesgos.
En este sentido, la AEPD señala que la empresa deberá adoptar las medidas técnicas y organizativas apropiadas y evaluar los riesgos que el tratamiento pueda comportar para las personas candidatas y trabajadoras. Si el tratamiento pudiera entrañar un alto riesgo para sus derechos y libertades, deberá realizarse previamente la correspondiente evaluación de impacto en protección de datos.
La Agencia destaca también la importancia de la transparencia cuando una herramienta evalúa candidaturas y proporciona una puntuación sobre su adecuación a un puesto. Las personas candidatas y trabajadoras deben recibir información clara, accesible y comprensible sobre el tratamiento de sus datos personales y sobre la función que desempeña la herramienta en el proceso de evaluación.
Respecto a la intervención humana en estos procesos, la empresa ha manifestado que la decisión final correspondería a una persona. La AEPD recuerda que, para que esa intervención humana sea efectiva, quien adopte la decisión debe poder valorar críticamente la información o puntuación proporcionada por el sistema y tomar su propia decisión, sin limitarse a asumir automáticamente el resultado generado por la herramienta de IA.
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